Si estás planeando poner en marcha una iniciativa empresarial en Aller, aún estas a tiempo de acogerte a las ayudas a la inversión y la creación de empresas en el mundo Rural desplegadas desde el Programa LEADER del que ALLER forma parte.
Estas ayudas son a fondo perdido y hasta el 50 % de la inversión total a la realizar hasta un máximo de 200.000 € de subvención.
El plazo para acogerse a estas ayudas ha sido ampliado hasta el último trimestre de 2013.
Ya han sido varias las nuevas iniciativas empresariales alleranas que se han acogido a este régimen de ayudas.
+ info en ADL ( Agencia de Desarrollo Local de Aller, frente a Maquinay en Moreda) o bien en la gerencia del Grupo de Desarrollo en el tlf . 985.49.71.91. Mail .- leader@mcasturias.org
viernes, 5 de abril de 2013
jueves, 4 de abril de 2013
FUENTES DE INVIERNO DESPIDE LA TEMPORADA CON UNA YINCANA RETRO
· Los participantes tendrán que ir ataviados con ropa de los años 70, 80 y 90 y habrán de pasar varias pruebas de habilidad.
· La prueba popular dará comienzo a las 12:00 horas en la zona media de la estación.
Se trata de una prueba popular que consistirá en un recorrido por la estación realizando pruebas de habilidad y en la que los participantes tendrán que ir ataviados con ropa de los años 70, 80 y 90 o portar equipamiento de esquí o snowboard de esos años. También se requiere poseer un nivel de esquí adecuado para realizar el recorrido, usar obligatoriamente guantes y poseer forfait válido para la fecha.
La yincana dará comienzo a las 12:00 horas en la zona media de la estación, desde donde los participantes cogerán el telesilla Entresierras para, posteriormente, comenzar el descenso por la zona inicial de la pista Aller. Los equipos de esquí y las tablas de snowboard se colocarán a 50 metros de la línea de salida, por lo que, los participantes tendrán que correr para ser los primeros en coger sus equipos.
Los esquiadores y sowboarders tendrán que superar un slalom, hacer un avión con un folio sin quitarse los guantes y hacerlo volar, como mínimo, dos metros y descender por la pista Llana El Fitu y Abedules con un vaso de papel lleno de líquido. La línea de meta se establecerá al final de la pista Abedules, a la altura del edificio de taquillas, donde los participantes tendrán que llegar con el vaso lleno.
Al final de las pruebas, todos los participantes podrán disfrutar de un tentempié en la zona de meta. Habrá premios para los primeros que lleguen a meta con esquís y con tabla de snowboard, al mejor traje retro, al mejor equipo retro, al participante retro más joven y al participante retro de más edad.
La inscripción se podrá realizar en las oficinas de la estación hasta 30 minutos antes del inicio de la prueba.
Más información: www.fuentesdeinvierno.com
lunes, 1 de abril de 2013
Información BOPA realtiva a acotamiento de pastos en el concejo de Aller
CONSEJERÍA DE AGROGANADERÍA Y RECURSOS AUTÓCTONOS
Boletín Nº 8 del viernes 11 de enero de 2013
Información pública relativa a acotamiento de pastos en el monte “Pinín de Moreda y Cuesta”, del concejo de Aller. Expte. AI 103/2012.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de Se describen a continuación los límites de los terrenos afectados:
Comenzamos en el paraje denominado “Penas Negras”, en el límite de los concejos de Aller y Laviana y descendemos por terrenos muy pedregosos con dirección sur-oeste hasta el “Cueto de
Se sigue el sendero con dirección Sur-Este dejando a la derecha monte arbolado y a la izquierda la zona de matorral quemada, parcela 55/123. Finalmente el sendero gira en dirección Sur hasta llegar a un reguero y a los prados de “Cochá Cavero” y parcelas 55/90 y 55/112.
Según los linderos “Este” de dichos prados hasta llegar al final del 55/90, donde a
Al cruzar este sendero se vuelve a entrar en la parcela 54/35 y se deja la parcela 55/123. Se sigue ascendiendo en la misma dirección Norte dejando a la derecha zonas calizas y a la izquierda el matorral quemado hasta llegar a un pequeño collado con pradera en el límite de los concejos de Aller y Laviana.
Desde aquí la línea del incendio sigue el límite de dichos concejos, primero con dirección Norte y luego, la mayor parte del cordal, con dirección Oeste hasta llegar al parque “Penas Negras” y así cerrar el perímetro del incendio.
El período de acotamiento será de 5 años, que podrá reducirse o incrementarse el tiempo necesario para la recuperación de la vegetación afectada o para su restitución a la situación anterior al incendio. Este acotamiento podrá revisarse una vez transcurrido un año desde la fecha del incendio.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86.2 de
Oviedo, 19 de diciembre de 2012.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2012-23759.
Boletín Nº 61 del jueves 14 de marzo de 2013
Información pública relativa a acotamiento de pastos en el monte “El Toral-Canales de la Boya ”, de los concejos de Lena y Aller. Expte. AI-019/2013.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de La zona a acotar afecta a la superficie quemada de las siguientes parcelas catastrales:
— En el Ayuntamiento de Lena, en el polígono 2, las parcelas 282, 285, 286, 289, 290, 291, 294, 295, 10282, 10289; del polígono 3, las parcelas 3, 4, 5, 8, 98, 99, 100, 101, 103, 104, 107, 109, 115, 136, 137, 138, 139, 140, 185, 187, 189, 191, 192, 195, 199, 287; del polígono 4, las parcelas 58, 60, 61, 64, 65, 66, 117, 118, 119, 120, 121, 252, 253, 10253, 12063. En el Ayuntamiento de Aller, en el polígono 21, las parcelas 28, 86, 253, 258, 583, 720 y 739.
Se describen a continuación los límites de los terrenos afectados:
— Partiendo del Pico Ranero (x: 273.140, y: 4.782.934), siguiendo por la línea de cumbres en dirección NE al alto de Sopena (x: 273.761, y: 4.783.916), desde aquí en dirección O en línea recta a la finca con referencia catastral Pol. 2, Parc. 290 (x: 273.534, y: 4.783.915), continuando por el perímetro de esta finca y de la finca Pol. 2, Parc. 291 hasta el punto (x: 273500, y: 4.783.777) y luego en línea recta a la trinchera (x: 273.302, y: 4.783.553) que viene de la pista que nos dirige a Chamayor. Siguiendo por la trinchera y la pista hasta el final de Chamayor. Después continúa bordeando en dirección al pueblo de San Feliz las fincas siguientes: Pol. 3, Parc. 2, 3, 5, 8, 339, 148, 138, 136, 137, 139, 140, 187, 194, 199, 202 y 203. Desde aquí sigue en dirección al reguero de San Feliz por el perímetro de las siguientes fincas: Pol. 3, Parc. 116, 115, 107, 104, 109, 102, 101, 100, 99, 98 y 96, para continuar ascendiendo por las fincas del Pol. 4, Parc. 56, 57, 10057, 58, 59 y 253. Siguiendo en dirección al pueblo del Valle por las fincas del Pol. 4, Parc. 10253, 60, 119, 65, 118, 71, 74, 117, 123 y 122. Siguiendo por la pista que viene del pueblo del Valle y se dirige a
Quedan excluidas de la propuesta las fincas de propiedad particular que están dentro del mencionado perímetro, porque no fueron afectadas por el fuego.
El período de acotamiento será de dos (2) años, que podrá reducirse o incrementarse el tiempo necesario para la recuperación de la vegetación afectada o para su restitución a la situación anterior al incendio. Este acotamiento podrá revisarse una vez transcurrido un año desde la fecha del incendio.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86.2 de
Oviedo, 4 de marzo de 2013.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2013-04594
Boletín Nº 18 del miércoles 23 de enero de 2013
Información pública relativa a acotamiento de pastos en el monte “Pinín de Moreda y Cuesta” del concejo de Aller. Expte. AI-009/2013.
La zona a acotar afecta a la superficie quemada de las siguientes parcelas catastrales: parcelas 37, 121, 76, 78 y 122 del polígono 39.
Se describen a continuación los límites de los terrenos afectados:
Comenzamos en el “Cordal de Longalendo”. En el límite de los concejos de Aller y Mieres, en un punto situado a
Se sigue con dirección sureste el trazado de la pista, dejando el monte incendiado en su margen izquierda, a lo largo de
En este punto se cambia a dirección Sur para descender por línea de máxima pendiente hasta llegar otra vez a la misma pista forestal, que es de nuevo seguida a lo largo de
Después de
Entonces, con dirección este, se sigue el trazado de una pista forestal hasta llegar a un cruce de 3 pistas, continuando entonces por la que parte en dirección Sur. Desde dicho cruce y tras seguir la citada pista
Una vez en dicho límite de concejos se sigue el mismo con dirección noroeste hasta el cierre del prado 39/122. Se bordea dicho cierre hasta ir al extremo Sur de la finca y a la pista de entrada al prado. Entonces, con dirección Oeste se sigue el trazado de la pista a lo largo de
En la divisoria de concejos se sigue la misma con dirección noroeste hasta el cierre de la finca particular 39/171. Se bordea este prado, primero con dirección suroeste y luego noroeste hasta abandonarlo y continuar por el límite de concejos con dirección suroeste. A la altura de una pequeña sierra la línea del incendio, siguiendo la divisoria citada, gira a dirección Oeste hasta llegar al punto donde comenzamos y así cerrar el perímetro del incendio.
El período de acotamiento será de cinco (5) años, que podrá reducirse o incrementarse el tiempo necesario para la recuperación de la vegetación afectada o para su restitución a la situación anterior al incendio. Este acotamiento podrá revisarse una vez transcurrido un año desde la fecha del incendio.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86.2 de
Oviedo, 14 de enero de 2013.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2013-00943.
Boletín Nº 23 del martes 29 de enero de 2013
Información pública relativa a acotamiento de pastos en el monte “Carrea, Alto, La Canal y Chamorro”, del concejo de Aller. Expte. AI-092/2012.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de La zona a acotar afecta a la superficie quemada de las siguientes parcelas catastrales: Parcela 75 del polígono 108 y parcelas 148, 656, 655, 47, 653, 643, 644, 645, 650 y 148 todas ellas del polígono 111.
Se describen a continuación los límites de los terrenos afectados:
Partiendo del cruce de pistas forestales Casomera-“Pubiyón”-Casomera “
Continuando en dirección E, hasta llegar a las inmediaciones del pueblo de
El período de acotamiento será de 2 años, que podrá reducirse o incrementarse el tiempo necesario para la recuperación de la vegetación afectada o para su restitución a la situación anterior al incendio. Este acotamiento podrá revisarse una vez transcurrido un año desde la fecha del incendio.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86.2 de
Oviedo, 17 de enero de 2013.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2013-01343.
Boletín Nº 65 del martes 19 de marzo de 2013
Información pública relativa a acotamiento de pastos en el monte “Pinín de Moreda y Cuesta”, del concejo de Aller (AI-018/2013).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de La zona a acotar afecta a la superficie quemada de las siguientes parcelas catastrales: 125, 385 y 386 del polígono 42.
Se describen a continuación los límites de los terrenos afectados:
La descripción del perímetro a acotar se inicia al Norte de la superficie afectada por el fuego, concretamente en las coordenadas X=289441 Y=4781550, huso 30, Datum WGS84 de la sierra caliza conocida con el nombre de “Peña Castro”. Continúa en dirección Oeste siempre bordeando la “Peña Castro” a lo largo de
En este punto la línea del perímetro describe un giro marcado por la colindancia entre la sierra y el bosquete, primero en dirección Oeste y luego Sur, hasta abandonar dicha colindancia y tomar dirección Noroeste, bordeando “Peña Castro” hasta llegar al punto de inicio y cerrar de esta manera el perímetro del incendio.
Observación: En el interior del perímetro descrito hay una superficie que no se vio afectada por el fuego, que se excluye del acotado y cuyo perímetro es el siguiente: Se inicia en el extremo Sur de la finca 387 del polígono 52, coordenadas X=289349 Y=4781319, huso 30, Datum WGS84, se bordea en dirección Norte el cierre de la parcela citada hasta finalizarlo y llegar a un “mayado” del monte de utilidad pública. Se bordea el “mayado”, primero en dirección Norte y luego este hasta llegar al límite de la parcela 388 del polígono 52. Continúa a lo largo de
El período de acotamiento será de cinco (5) años, que podrá reducirse o incrementarse el tiempo necesario para la recuperación de la vegetación afectada o para su restitución a la situación anterior al incendio. Este acotamiento podrá revisarse una vez transcurrido un año desde la fecha del incendio.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86.2 de
Oviedo, 8 de marzo de 2013.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2013-04922.
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