lunes, 1 de abril de 2013

Información BOPA realtiva a acotamiento de pastos en el concejo de Aller

CONSEJERÍA DE AGROGANADERÍA Y RECURSOS AUTÓCTONOS

Boletín Nº 8 del viernes 11 de enero de 2013

Información pública relativa a acotamiento de pastos en el monte “Pinín de Moreda y Cuesta”, del concejo de Aller. Expte. AI 103/2012.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 3/2004, de Montes y Ordenación Forestal, del Principado de Asturias, la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos ha iniciado los trámites para proceder al acotamiento de pastos en el monte “Pinin de Moreda y Cuesta”, concejo de Aller, por lo que se somete a información pública el acotamiento de 95,51 ha en dicho monte.
Se describen a continuación los límites de los terrenos afectados:
Comenzamos en el paraje denominado “Penas Negras”, en el límite de los concejos de Aller y Laviana y descendemos por terrenos muy pedregosos con dirección sur-oeste hasta el “Cueto de la Pandiecha”. Desde aquí, con dirección Sur-Este y siguiendo el límite con la “Loma de Bildeo”, gran sierra caliza, se desciende pegado a la misma hasta su final. Entonces siguiendo con la misma dirección se empieza a lindar con una pequeña masa arbolada hasta llegar a un sendero que atraviesa una vaguada. Aquí dejamos la parcela quemada 54/35 y empezamos la parcela quemada 55/124.
Se sigue el sendero con dirección Sur-Este dejando a la derecha monte arbolado y a la izquierda la zona de matorral quemada, parcela 55/123. Finalmente el sendero gira en dirección Sur hasta llegar a un reguero y a los prados de “Cochá Cavero” y parcelas 55/90 y 55/112.
Según los linderos “Este” de dichos prados hasta llegar al final del 55/90, donde a 60 metros en dirección Sur de dicho final la línea del incendios asciende ligeramente con dirección Noreste, por medio de la carba, hasta llegar a una zona con continuos afloramientos de roca caliza donde el límite del incendio cambia de sentido y asciende con dirección Norte, dejando la caliza a la derecha, hasta llegar a un sendero.
Al cruzar este sendero se vuelve a entrar en la parcela 54/35 y se deja la parcela 55/123. Se sigue ascendiendo en la misma dirección Norte dejando a la derecha zonas calizas y a la izquierda el matorral quemado hasta llegar a un pequeño collado con pradera en el límite de los concejos de Aller y Laviana.
Desde aquí la línea del incendio sigue el límite de dichos concejos, primero con dirección Norte y luego, la mayor parte del cordal, con dirección Oeste hasta llegar al parque “Penas Negras” y así cerrar el perímetro del incendio.
El período de acotamiento será de 5 años, que podrá reducirse o incrementarse el tiempo necesario para la recuperación de la vegetación afectada o para su restitución a la situación anterior al incendio. Este acotamiento podrá revisarse una vez transcurrido un año desde la fecha del incendio.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el expediente se somete a información pública pudiendo ser examinado en horario de oficina de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas en el Servicio de Montes durante un plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, calle Coronel Aranda, 2, 3.ª planta) y presentar, por escrito las alegaciones que estime oportunas, en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Oviedo, 19 de diciembre de 2012.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2012-23759.

Boletín Nº 61 del jueves 14 de marzo de 2013
Información pública relativa a acotamiento de pastos en el monte “El Toral-Canales de la Boya”, de los concejos de Lena y Aller. Expte. AI-019/2013.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 3/2004, de Montes y Ordenación Forestal, del Principado de Asturias, la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos ha iniciado los trámites para proceder al acotamiento de pastos en el monte “El Toral-Canales de la Boya”, concejos de Lena y Aller, por lo que se somete a información pública el acotamiento de 176,40 has en dicho monte.
La zona a acotar afecta a la superficie quemada de las siguientes parcelas catastrales:
— En el Ayuntamiento de Lena, en el polígono 2, las parcelas 282, 285, 286, 289, 290, 291, 294, 295, 10282, 10289; del polígono 3, las parcelas 3, 4, 5, 8, 98, 99, 100, 101, 103, 104, 107, 109, 115, 136, 137, 138, 139, 140, 185, 187, 189, 191, 192, 195, 199, 287; del polígono 4, las parcelas 58, 60, 61, 64, 65, 66, 117, 118, 119, 120, 121, 252, 253, 10253, 12063. En el Ayuntamiento de Aller, en el polígono 21, las parcelas 28, 86, 253, 258, 583, 720 y 739.
Se describen a continuación los límites de los terrenos afectados:
— Partiendo del Pico Ranero (x: 273.140, y: 4.782.934), siguiendo por la línea de cumbres en dirección NE al alto de Sopena (x: 273.761, y: 4.783.916), desde aquí en dirección O en línea recta a la finca con referencia catastral Pol. 2, Parc. 290 (x: 273.534, y: 4.783.915), continuando por el perímetro de esta finca y de la finca Pol. 2, Parc. 291 hasta el punto (x: 273500, y: 4.783.777) y luego en línea recta a la trinchera (x: 273.302, y: 4.783.553) que viene de la pista que nos dirige a Chamayor. Siguiendo por la trinchera y la pista hasta el final de Chamayor. Después continúa bordeando en dirección al pueblo de San Feliz las fincas siguientes: Pol. 3, Parc. 2, 3, 5, 8, 339, 148, 138, 136, 137, 139, 140, 187, 194, 199, 202 y 203. Desde aquí sigue en dirección al reguero de San Feliz por el perímetro de las siguientes fincas: Pol. 3, Parc. 116, 115, 107, 104, 109, 102, 101, 100, 99, 98 y 96, para continuar ascendiendo por las fincas del Pol. 4, Parc. 56, 57, 10057, 58, 59 y 253. Siguiendo en dirección al pueblo del Valle por las fincas del Pol. 4, Parc. 10253, 60, 119, 65, 118, 71, 74, 117, 123 y 122. Siguiendo por la pista que viene del pueblo del Valle y se dirige a la Yana del Monte (x: 272.327, y: 4.782.079). Continuando, por el sendero que va de la Yana el Monte a Chamayor, hasta el reguero de San Feliz (x: 272.807, y: 4.782.246) y desde aquí, en línea recta, al pico Ranero.
Quedan excluidas de la propuesta las fincas de propiedad particular que están dentro del mencionado perímetro, porque no fueron afectadas por el fuego.
El período de acotamiento será de dos (2) años, que podrá reducirse o incrementarse el tiempo necesario para la recuperación de la vegetación afectada o para su restitución a la situación anterior al incendio. Este acotamiento podrá revisarse una vez transcurrido un año desde la fecha del incendio.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el expediente se somete a información pública pudiendo ser examinado en horario de oficina de lunes a viernes de 9:00 a 14 horas en el Servicio de Montes durante un plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, calle Coronel Aranda, 2, 3.ª planta) y presentar, por escrito las alegaciones que estime oportunas, en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Oviedo, 4 de marzo de 2013.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2013-04594

Boletín Nº 18 del miércoles 23 de enero de 2013

Información pública relativa a acotamiento de pastos en el monte “Pinín de Moreda y Cuesta” del concejo de Aller. Expte. AI-009/2013.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 3/2004, de Montes y Ordenación Forestal, del Principado de Asturias, la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos ha iniciado los trámites para proceder al acotamiento de pastos en el monte “Pinín de Moreda y Cuesta”, concejo de Aller, por lo que se somete a información pública el acotamiento de 59,03 ha en dicho monte.
La zona a acotar afecta a la superficie quemada de las siguientes parcelas catastrales: parcelas 37, 121, 76, 78 y 122 del polígono 39.
Se describen a continuación los límites de los terrenos afectados:
Comenzamos en el “Cordal de Longalendo”. En el límite de los concejos de Aller y Mieres, en un punto situado a 210 m en línea recta del cierre del prado 39/2 que se encuentra en el mismo cordal. Desde aquí descendemos con dirección Sur por línea de máxima pendiente hasta llegar a los prados de “El Gumial”, concretamente a la parte superior de la parcela 39/18. Desde aquí se cambia a dirección noroeste para ir bordeando los prados 39/18, 39/4 y 39/6 hasta llegar a una pista forestal.
Se sigue con dirección sureste el trazado de la pista, dejando el monte incendiado en su margen izquierda, a lo largo de 190 m.
En este punto se cambia a dirección Sur para descender por línea de máxima pendiente hasta llegar otra vez a la misma pista forestal, que es de nuevo seguida a lo largo de 180 m dirección nordeste. En este lugar la línea del incendio toma dirección Norte para ascender por línea de máxima pendiente hasta llegar a pista forestal de nuevo. En esta ocasión la cruzamos para, a los 20 m, a la altura de un pequeño grupo de robles girar con dirección este y llegar por curva de nivel hasta una pista forestal atravesando una zona arbolada del monte de utilidad pública. En este momento se gira con dirección nordeste siguiendo el trazado de la pista. Hasta este momento el monte incendiado se sitúa a la izquierda de la línea descrita y afecta a la parcela 39/37.
Después de 120 m de trazado de la pista se entraría en la parcela 39/76, terreno de monte de utilidad pública por donde sigue discurriendo la pista. Se atraviesa con la misma dirección nordeste este terreno hasta llegar al límite de la parcela 39/78, igualmente terrenos del monte de utilidad pública. En este punto se gira con dirección Norte hasta llegar a seguir la línea del cierre del prado 39/78. Se bordea dicho prado con dirección norte, este y sureste sucesivamente, volviendo a encontrarnos a la izquierda la parcela quemada 39/37, hasta que finaliza dicha finca y comienza el lindero de la finca particular 39/80.
Entonces, con dirección este, se sigue el trazado de una pista forestal hasta llegar a un cruce de 3 pistas, continuando entonces por la que parte en dirección Sur. Desde dicho cruce y tras seguir la citada pista 230 m la línea del incendio cambia a dirección este para ir ascendiendo por línea de máxima pendiente hasta el “Cordal de Longalindo”, ahora por la parcela del monte de utilidad pública 39/121. A 60 m de alcanzar el cordal límite de los concejos de Aller y Mieres, giramos a dirección nordeste.
Una vez en dicho límite de concejos se sigue el mismo con dirección noroeste hasta el cierre del prado 39/122. Se bordea dicho cierre hasta ir al extremo Sur de la finca y a la pista de entrada al prado. Entonces, con dirección Oeste se sigue el trazado de la pista a lo largo de 290 m retornando a la parcela quemada 39/37. En este punto se abandona la pista y con dirección nordeste, por línea de máxima pendiente, se asciende hasta el “Pico Navaliego”, de 1.105 m, de nuevo en el límite de concejos.
En la divisoria de concejos se sigue la misma con dirección noroeste hasta el cierre de la finca particular 39/171. Se bordea este prado, primero con dirección suroeste y luego noroeste hasta abandonarlo y continuar por el límite de concejos con dirección suroeste. A la altura de una pequeña sierra la línea del incendio, siguiendo la divisoria citada, gira a dirección Oeste hasta llegar al punto donde comenzamos y así cerrar el perímetro del incendio.
El período de acotamiento será de cinco (5) años, que podrá reducirse o incrementarse el tiempo necesario para la recuperación de la vegetación afectada o para su restitución a la situación anterior al incendio. Este acotamiento podrá revisarse una vez transcurrido un año desde la fecha del incendio.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el expediente se somete a información pública pudiendo ser examinado en horario de oficina de lunes a viernes de 9:00 a 14 horas en el Servicio de Montes durante un plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, calle Coronel Aranda, 2, 3.ª planta) y presentar, por escrito las alegaciones que estime oportunas, en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Oviedo, 14 de enero de 2013.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2013-00943.

Boletín Nº 23 del martes 29 de enero de 2013
Información pública relativa a acotamiento de pastos en el monte “Carrea, Alto, La Canal y Chamorro”, del concejo de Aller. Expte. AI-092/2012.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 3/2004, de Montes y Ordenación Forestal del Principado de Asturias, la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos ha iniciado los trámites para proceder al acotamiento de pastos en el monte “Carrea, Alto, La Canal y Chamorro”, concejo de Aller, por lo que se somete a información pública el acotamiento de 39,68 ha en dicho monte.
La zona a acotar afecta a la superficie quemada de las siguientes parcelas catastrales: Parcela 75 del polígono 108 y parcelas 148, 656, 655, 47, 653, 643, 644, 645, 650 y 148 todas ellas del polígono 111.
Se describen a continuación los límites de los terrenos afectados:
Partiendo del cruce de pistas forestales Casomera-“Pubiyón”-Casomera “La Matancia” (X=289.532; y=4.771.203) (Datum WGS 84) en la zona conocida “Cantu Bigón” continuando en dirección N por la misma pista de acceso al “Pubiyón”, se llega hasta la parte S de la finca conocida como “Braña La Faya” (pol. 111, parcela 284); y de aquí se continúa por zona de Monte de U.P. de carba en dirección SE hasta volver a enlazar con la pista general que viene de Casomera (X=289.581; Y=4.771.352). Continuando por la pista general, en dirección E hasta llegar a un camino que viene de las fincas del “Bao” de Casomera, se sigue por el mismo en dirección NE bordeando el perímetro de la finca particular (pol. 111, parc. 277) que separa del monte de U.P., hasta llegar un pequeño sendero que va en dirección NE hasta el límite Sur de la finca (pol. 111, parc. 281). Se bordea siguiendo el sendero en la misma dirección hasta alcanzar la finca (pol. 111, parc. 335), en el punto (X=290.112; Y=4.771.725). Aquí se produce un cambio de rumbo en dirección S-SO, bordeando la finca hasta llegar a una zona arbolada lindando con la zona de matorral y carba del monte U.P. hasta llegar al punto (X=290.039; Y=4.771.565) y doblando en dirección E hasta llegar a la cresta de roca caliza de la Sierra de Llananzanes. Se continúa por la cresta caliza que bordea en dirección NE varias fincas particulares (una de ellas en la que se encuentra una nave de ganado caprino, propiedad de Arturo de Levinco) (pol. 111, parc. 336) y (pol. 111, parc. 342 y 343).
Continuando en dirección E, hasta llegar a las inmediaciones del pueblo de la Paraya, por encima del mismo y de zona arbolada de roble con castaño y algún abedul pto. (S=290.429; Y=4.771.840). Se cambia a rumbo S hasta llegar a zona arbolada (afectada por el incendio de 16-09-2012) que coge varias parcelas del pol. 111: 634, 643, 644m, 645m, 650 y 148) y continuando hasta zona arbolada de la 645: 1 en su límite con la carba, pto. (X= 290.449 ; Y= 4.771.653). Desde aquí en dirección SO por el límite del arbolado con el matorral se continúa en esa dirección que discurre casi paralela al río de Llananzanes), todo el monte de UP 181. Se continúa en esa dirección SO pasando por zona arbolada de roble (X=290.177 ; Y=4.771.392) y siguiendo por el límite en la carba de matorral de la sierra de Llananzanes, hasta alcanzar el punto (X=290.022; Y=4.771.282), continuando por el borde del arbolado dejando siempre al S al mismo, y al N el matorral de carba. Se llega a la parcela 654:1 del pol. 111, pto. (X=289.749; Y=4.771.208), y de aquí en dirección S-SO se continúa por la línea del límite natural que separa carba del monte U.P. de zona arbolada, hasta alcanzar la parte superior de la finca conocida como “Fuente Ruseco” (pol. 111, parc. 657), y continuando y bordeando en dirección S, hasta llegar a la reguera Llananzanes, pto. (X=289.689; Y=4.770.713). Se continua por el límite natural del arroyo hasta llegar a zona de Peñas Calizas pto. (X=289.240; Y=4.770.696). Desde aquí cambio rumbo en dirección N, por peña y carba, hasta llegar a la finca con cierre de muro en su parte superior denominada “Cueva del Avarero” (pol. 108, parc. 42), hasta alcanzar la pista Casomera “La Matancia” pto. (X=289.276; Y=4.770.934). Desde aquí se continúa por la misma pista forestal en dirección E hasta llegar al cruce de pistas “Matancia/Pubiyón”, que era el punto de inicio, cerrando así el perímetro de la superficie afectada por el fuego, donde se pretende prohibir el pastoreo.
El período de acotamiento será de 2 años, que podrá reducirse o incrementarse el tiempo necesario para la recuperación de la vegetación afectada o para su restitución a la situación anterior al incendio. Este acotamiento podrá revisarse una vez transcurrido un año desde la fecha del incendio.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el expediente se somete a información pública pudiendo ser examinado en horario de oficina de lunes a viernes de 9.00 a 14 horas en el Servicio de Montes durante un plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, calle Coronel Aranda, 2, 3.ª planta) y presentar, por escrito las alegaciones que estime oportunas, en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Oviedo, 17 de enero de 2013.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2013-01343.

Boletín Nº 65 del martes 19 de marzo de 2013
Información pública relativa a acotamiento de pastos en el monte “Pinín de Moreda y Cuesta”, del concejo de Aller (AI-018/2013).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 3/2004, de Montes y Ordenación Forestal del Principado de Asturias, la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos ha iniciado los trámites para proceder al acotamiento de pastos en el monte “Pinín de Moreda y Cuesta”, concejo de Aller, por lo que se somete a información pública el acotamiento de 8,41 ha en dicho monte.
La zona a acotar afecta a la superficie quemada de las siguientes parcelas catastrales: 125, 385 y 386 del polígono 42.
Se describen a continuación los límites de los terrenos afectados:
La descripción del perímetro a acotar se inicia al Norte de la superficie afectada por el fuego, concretamente en las coordenadas X=289441 Y=4781550, huso 30, Datum WGS84 de la sierra caliza conocida con el nombre de “Peña Castro”. Continúa en dirección Oeste siempre bordeando la “Peña Castro” a lo largo de 100 m, luego continúa en rumbo Sur hasta llegar a un pequeño bosquete desde el que se toma rumbo Suroeste, siempre bordeando la sierra caliza. Finalizado el recorrido por el límite de la peña, el perímetro a acotar toma rumbo Sur, en sentido descendente y bordea una masa arbolada existente en una vaguada, situada entre dos grandes masas calizas para llegar al límite de la explotación de piedra caliza conocida con el nombre de “Cantera El Reguerón”. A continuación, se recorren 40 m por el borde de la explotación en dirección Sureste y sigue, en sentido ascendente, y ya con dirección Nordeste por línea de máxima pendiente, a lo largo de unos 160 m, hasta llegar a un sendero. Se continúa en paralelo al sendero, primero en dirección Este y luego Nordeste, hasta unos afloramientos rocosos situados 25 m por encima del lindero de la parcela particular 386 del polígono 52. En este punto la línea del perímetro a acotar avanza en dirección Sur hacia dicha finca y continua por la divisoria entre la precitada parcela y la finca 376 del polígono 52, primero con dirección Sur y luego Este. Cuando estas dos parcelas dejan de ser colindantes, el perímetro entra en la parcela particular 385 del polígono 52 y la atraviesa en diagonal con dirección Nordeste hasta volver al cierre de la parcela 386 del polígono 52, en esta ocasión en su colindancia con la parcela 389 del polígono 52. Se sigue dicha colindancia con dirección Norte y se sale de nuevo a terrenos del monte de utilidad pública hasta llegar al extremo Oeste de la parcela 627 del polígono 52. A continuación, en dirección Oeste, siguiendo la curva de nivel, se llega a una pequeña sierra caliza donde el perímetro descrito toma dirección Norte y llega hasta un sendero. Discurriendo paralelo al mismo y ya con dirección Nordeste se llega a un bosquete mixto de frondosas. Se bordea el bosquete en dirección Norte siguiendo la línea marcada por varios afloramientos rocosos hasta llegar de nuevo a la sierra “Peña Castro”.
En este punto la línea del perímetro describe un giro marcado por la colindancia entre la sierra y el bosquete, primero en dirección Oeste y luego Sur, hasta abandonar dicha colindancia y tomar dirección Noroeste, bordeando “Peña Castro” hasta llegar al punto de inicio y cerrar de esta manera el perímetro del incendio.
Observación: En el interior del perímetro descrito hay una superficie que no se vio afectada por el fuego, que se excluye del acotado y cuyo perímetro es el siguiente: Se inicia en el extremo Sur de la finca 387 del polígono 52, coordenadas X=289349 Y=4781319, huso 30, Datum WGS84, se bordea en dirección Norte el cierre de la parcela citada hasta finalizarlo y llegar a un “mayado” del monte de utilidad pública. Se bordea el “mayado”, primero en dirección Norte y luego este hasta llegar al límite de la parcela 388 del polígono 52. Continúa a lo largo de 20 m y a continuación toma rumbo Sur hasta alcanzar una pequeña sierra caliza. Aquí el perímetro se adentra 15 m en una zona de matorral y de nuevo toma dirección a la sierra y al cierre de la finca 387 del polígono 52, por el que discurre hasta llegar al punto de inicio y así cerrar el perímetro.
El período de acotamiento será de cinco (5) años, que podrá reducirse o incrementarse el tiempo necesario para la recuperación de la vegetación afectada o para su restitución a la situación anterior al incendio. Este acotamiento podrá revisarse una vez transcurrido un año desde la fecha del incendio.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el expediente se somete a información pública pudiendo ser examinado en horario de oficina de lunes a viernes de 9.00 a 14 horas en el Servicio de Montes durante un plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a esta publicación (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, calle Coronel Aranda, 2, 3.ª planta) y presentar, por escrito, las alegaciones que estime oportunas, en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Oviedo, 8 de marzo de 2013.—El Secretario General Técnico.—Cód. 2013-04922.

No hay comentarios:

Publicar un comentario